Condiciones de Participación |
Los presentes Términos Contractuales de Uso para Participantes (“TCU-E”) regulan por mutua voluntad de las partes la relación contractual entre la entidad responsable de gestión del Entorno (el “REGE”, tal y como se define más adelante) y un participante virtual en el Entorno (el “PARTICIPANTE” tal y como se define más adelante), a cuyo efecto en primer lugar exponen que:
I. El “Entorno” es un espacio virtual de exhibición de productos y servicios accesible a través de Internet por medio de la dirección (“URL”) www.regalofamavirtual.com, caracterizado por la navegación gráfica y realista en tres dimensiones y que constituye la Escaparate Virtual del Regalo dedicado a la promoción de servicios en el mercado b2b del sector regalo.
II. El “REGE” es una entidad que ha adquirido del creador del Entorno una licencia especial en relación con el mismo que le permite gestionarlo desde el punto de vista técnico y proceder a la contratación con terceros de escaparates virtuales de exhibición dentro del mismo. El “REGE” podrá ceder a otra entidad, previa autorización del Creador del Entorno, todos los derechos y obligaciones de este contrato.
III. El “PARTICIPANTE” es una entidad que desea adquirir del REGE el derecho a ubicar en uno de dichos espacios, configurado con arreglo a uno de los modelos generados por el creador del Entorno, a cambio de una determinada compensación económica, determinados contenidos publicitarios dirigidos a promover la contratación de sus productos o servicios.
En razón de lo anterior, suscriben el presente contrato de conformidad con las siguientes cláusulas:
De la cesión
1.1. El REGE cede al PARTICIPANTE el derecho intransferible a usar un espacio del Entorno, que acepta en este acto dicha cesión.
1.2. La cesión se efectúa y acepta durante 12 meses, renovable automáticamente, si no hay renuncia expresa por alguna de las partes sometida a los términos y condiciones de este contrato.
1.3. El escaparate al que se refiere la cesión será el que se identifica en la anterior página del presente contrato. El REGE tendrá derecho a modificar el tipo de escaparate y su ubicación en cualquier momento, siempre y cuando ello resulte necesario para una mejor configuración del Entorno y no implique objetivamente prestaciones de menor nivel para el PARTICIPANTE.
Del precio
2.1. En contraprestación por el derecho de uso cedido para la Edición correspondiente, el PARTICIPANTE satisfará al REGE, periódicamente la cantidad expresada en la anterior página en euros, mediante recibo bancario cargado a la cuenta corriente que se expresa en la anterior página.
De la configuración de sistemas
3.1. Para el adecuado aprovechamiento de las ventajas ofrecidas por el Entorno, el PARTICIPANTE deberá contar, a su cargo, con la configuración mínima de software (aplicaciones) y hardware (equipos) que se detalla a continuación:
- PC o compatible
- Procesador Pentium 4 o superior
- 512 Mb de memoria RAM
- 128 Mb de memoria de video
- Conexión activa a Internet de 256 Kb o superior
3.2. En ningún caso serán responsables el REGE, ni ninguno de sus proveedores, Participantes o colaboradores de suministrar al PARTICIPANTE ninguno de los elementos, equipos, aplicaciones o conexiones arriba detallados, ni de sufragar su coste, ni de efectuar su mantenimiento o asistencia técnica, que correrán siempre a cargo del PARTICIPANTE de forma íntegra.
De los contenidos
4.1. El PARTICIPANTE proporcionará al REGE todos los contenidos gráficos, sonoros y/o audiovisuales que pretenda incorporar a su escaparate antes de los sesenta (60) días hábiles.
4.2. El PARTICIPANTE entregará los ficheros en los formatos más populares para cada categoría de datos y habrán sido previamente depurados por el PARTICIPANTE de virus, troyanos, gusanos y cualquier otro tipo de software o código malicioso mediante el empleo de una aplicación de reconocido prestigio en el mercado, responsabilizándose de la inexactitud, falsedad o incorrecta ejecución de esa garantía y obligándose a mantener indemnes al REGE, sus proveedores y colaboradores frente a cualquier daño, perjuicio o coste que para los mismos pudiera derivarse de tal falsedad, inexactitud o incorrecta ejecución.
4.3. El PARTICIPANTE respetará las limitaciones relativas al número total de ficheros y al volumen/tamaño global e individual de ficheros pactadas.
4.4. El PARTICIPANTE no podrá en ningún caso incluir contenidos en su escaparate que (i) puedan promover o constituir en sí mismos ilícitos administrativos, civiles o criminales, (ii) puedan promover la lesión de, o lesionen, los derechos y libertades fundamentales protegidos por la Constitución española, (iii) promuevan o causen discriminación o menosprecio contra personas en razón de su raza, credo, ideología, afiliación u otra circunstancia personal equivalente, (iv) puedan implicar menosprecio del REGE, sus proveedores y colaboradores o de otros Participantes o de terceros.
4.5. El PARTICIPANTE garantiza que todos los contenidos que proporcione al REGE para su inclusión en el escaparate son de su propiedad y/o le han sido válidamente licenciados para ese fin en particular por los titulares de los derechos de propiedad intelectual e industrial, responsabilizándose de la inexactitud o falsedad de esa garantía y obligándose a mantener indemnes al REGE, sus proveedores y colaboradores frente a cualquier daño, perjuicio o coste que para los mismos pudiera derivarse de tal falsedad o inexactitud.
4.6. Queda expresamente autorizado el creador de la plataforma (Virtual Expo Dynamics, S.L.) a hacer uso de los contenidos proporcionados y del escaparate final con objeto de incorporarlos al Centro de Información de Exposiciones Virtuales que mantiene. En ese sentido, el PARTICIPANTE otorga en este acto al titular del Entorno una licencia irrevocable, por tiempo de setenta años, para todo el mundo y que cubrirá el uso, la reproducción, la difusión y la copia de dichos contenidos, sin deber el creador de la plataforma efectuar pago alguno al PARTICIPANTE por ese concepto.
Del control de visitas
5.1. El REGE, así como sus proveedores y colaboradores quedan expresamente autorizados a controlar y computar el número, tiempo y detalles de las visitas que se producen al Entorno, sus diferentes edificios y áreas y cada uno de los escaparates.
5.2. El Participante no podrá emplear métodos, aplicaciones o dispositivos que simulen una visita a su escaparate por parte de un tercero para intentar mejorar el número de visitas de su escaparate. No se considerará que infringe esa prohibición la visita por parte de representantes del PARTICIPANTE debidamente identificadas que supongan un porcentaje inferior al 10% de las visitas totales al escaparate a lo largo de una semana.
De los mensajes
6.1. El Entorno ofrece canales internos para facilitar la comunicación entre los Participantes y entre éstos y los visitantes. En razón de la necesidad de ofrecer a todos los intervinientes un entorno comunicativo satisfactorio y no agresivo, el PARTICIPANTE acepta que en ningún caso deberá emitir ni solicitar la emisión de mensajes en los mismos de alcance ideológico, político, sindical, religioso, solidario o benéfico, que tienen foros adecuados para su expresión fuera del Entorno, salvo autorización escrita y previa debidamente justificada del Responsable de Gestión del Entorno.
De la buena gestión de información
7.1. El PARTICIPANTE ha sido informado y acepta que no debe tomar decisiones personales, colectivas, ni empresariales basándose de forma predominante o exclusiva en los contenidos e informaciones a los que pueda acceder en el Entorno (o que tengan su origen en recomendaciones o informaciones obtenidas en el Entorno). Al contrario, deberá obtener siempre información adicional y alternativa a la ofrecida y dotarse del asesoramiento profesional, externo e independiente adecuado para adoptar dichas decisiones, en particular si poseen una especial trascendencia. Ni el Responsable de Gestión del Entorno ni sus proveedores, Participantes o colaboradores serán responsables por ningún daño o perjuicio derivado del incumplimiento o desatención del PARTICIPANTE a esta obligación.
7.2. Sin perjuicio de lo anterior, el PARTICIPANTE es adicionalmente informado y acepta que ni el Responsable de Gestión del Entorno ni ninguno de sus proveedores, Participantes o colaboradores responden en forma alguna de la existencia, solvencia, buena práctica, fiabilidad o calidad de los demás Participantes o sus bienes o servicios, siendo el PARTICIPANTE el único responsable de obtener la información necesaria sobre los mismos para adoptar sus propias decisiones.
De la publicidad
8.1. El PARTICIPANTE conoce y acepta que dentro del Entorno podrá recibir determinados mensajes publicitarios, en forma visual, sonora o multimedia, autorizando expresamente la remisión por canales electrónicos de esos mensajes.
8.2. En los casos en los que el software proporcionado por el Entorno permitiera al PARTICIPANTE enviar información al Entorno o intercambiarla a través del mismo, el PARTICIPANTE podrá hacerlo de forma manual, sin emplear dispositivos o métodos de gestión masiva o automática de información, y siempre en forma y volumen moderados, sin exceder lo que se estimaría práctica normal en un espacio físico de exhibición.
Del montaje virtual del escaparate
9.1. Corresponderá al REGE, salvo pacto escrito independiente entre las partes, la configuración del escaparate del PARTICIPANTE, distribuyendo los contenidos facilitados por éste en las diferentes secciones del escaparate mediante las herramientas y otros recursos técnicos del Entorno.
9.2.1. Si, excepcionalmente, el REGE permitiera al PARTICIPANTE encargarse directamente de la configuración de su escaparate, el PARTICIPANTE:
9.2.2. Recibirá un nombre de usuario y una contraseña para permitirle el acceso a la sección de configuración, siendo responsable del uso que de ambos se efectúe.
9.2.3. Tendrá estrictamente prohibido introducir o intentar introducir en el Entorno software o componentes de software diferentes a los expresamente proporcionados por el Entorno, así como ejecutar aquéllos en el Entorno.
9.2.4. Tendrá estrictamente prohibido ejecutar o intentar ejecutar el software proporcionado por el Entorno en una forma diferente a la ofrecida generalmente a los demás Participantes o modificar en cualquier modo dicho software.
De la defensa de la privacidad
10.1. El PARTICIPANTE no mantendrá dentro del Entorno bases de datos de naturaleza personal, sin perjuicio de que en función de los contactos con visitantes y otros Participantes que mantenga en el Entorno puedan éstos o aquéllos facilitarle voluntariamente sus datos personales y permitirle conforme a la normativa española sobre esa materia incorporar los mismos a las bases de datos del PARTICIPANTE.
Del incumplimiento
11.1.1. Por la naturaleza virtual del Entorno y la rapidez que caracteriza todos los procesos en el mismo, las partes reconocen que los mecanismos de exigencia de cumplimiento habituales resultan ineficaces, siendo preciso implantar medidas alternativas. Por ello, el PARTICIPANTE autoriza expresamente en este acto al REGE, sus proveedores y colaboradores, para el caso de que el PARTICIPANTE incumpliera sus obligaciones conforme a este contrato, a:
11.1.2. suspender inicialmente el acceso de los demás Participantes y/o de los visitantes al escaparate del PARTICIPANTE durante doce (12) horas (“primera suspensión”).
11.1.3. si el incumplimiento no hubiera sido subsanado durante la primera suspensión, suspender el acceso de los demás Participantes y/o de los visitantes al escaparate del PARTICIPANTE durante tres (3) días (“segunda suspensión”).
11.1.4. si el incumplimiento no hubiera sido subsanado durante la segunda suspensión, suspender el acceso de los demás Participantes y/o de los visitantes al escaparate del PARTICIPANTE de forma indefinida, hasta que no se produzca el cumplimiento (“tercera suspensión”).
11.2. Las suspensiones comenzarán dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al envío por parte del REGE de un mensaje de correo-e al PARTICIPANTE comunicándole el incumplimiento.
11.3. El REGE estará autorizado a sustituir, durante el período de suspensión, los contenidos del PARTICIPANTE por otros de su elección, incluso promocionales del REGE o de sus proveedores o colaboradores, en el escaparate virtual inicialmente atribuido al PARTICIPANTE, así como a reubicar el escaparate una vez sea efectiva la “tercera suspensión”, aunque se produzca posteriormente el cumplimiento.
11.4. La reiteración por tres o más veces de una “primera suspensión” otorgará al REGE las mismas facultades que en caso de producirse una “tercera suspensión”.
De las notificaciones, la ley aplicable y la resolución de conflictos
12. 1. Las notificaciones que, conforme al presente contrato deban efectuarse las partes se efectuarán preferentemente por correo electrónico, siendo las direcciones electrónicas de referencia para cada parte las siguientes (y ello sin perjuicio de poder efectuarse las comunicaciones normalmente a la dirección postal expresada en la anterior página del presente contrato):
Para el REGE: regalofama (a) regalofama.org
Para el PARTICIPANTE: la expresada en la anterior página
12.2. Estos TCU-E han sido redactados y deben aplicarse, cumplirse e interpretarse de conformidad con las leyes españolas aplicables en la ciudad de Madrid, que regirán también todo lo expresamente regulado en los mismos. Corresponderá la resolución de los conflictos que pudieran surgir en relación con estos TCU-E a los jueces y tribunales de la ciudad de Madrid (España).
Asociación Empresarial de Fabricantes y Comerciantes Mayoristas de Artículos de Regalo.
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